El Decaimiento de la Constitución Nacional Argentina debido a las Malas Reformas


Las reformas de la Constitución Argentina posteriores a 1853 son producto de una falta de respeto al conocimiento y la verdad. Lo más nocivo en ellas fue el malentendimiento del concepto de Derecho. Escribo este artículo con la esperanza de que pronto se retome el camino correcto vislumbrado sabiamente por Juan Bautista Alberdi y reafirmado por Ayn Rand.

Siendo correctos, un derecho "es un principio moral que define y aprueba la acción de un hombre en un contexto social."(1) "Los Derechos son las condiciones de existencia requeridas por la naturaleza del hombre para su adecuada supervivencia."(2) En consecuencia, los derechos pertenecen al individuo por el solo hecho de existir. La Declaración de Independencia de los Estados Unidos es acertada al respecto:

"Sostenemos estas verdades como evidentes por sí mismas: que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su creador con ciertos derechos inalienables; que entre ellos están la vida, la libertad, y la persecución de la felicidad."

Lo que expresa esta cita es que los derechos son parte de la esencia humana desde su creación. El calificativo de 'inalienables' termina de conformar la idea de que los derechos no pueden ser dados ni quitados por ninguna autoridad humana. En la época de la Revolución Americana, los padres fundadores de Estados Unidos solían referirse a los derechos como "Soberanía Individual", esto nos puede ayudar a entender mejor el concepto. Un gobierno puede respetar o no los derechos, pero no puede darlos ni quitarlos.

Argentina es afortunada en tener una constitución escrita originalmente por alguien que entendía acabadamente lo que es un derecho. Me estoy refiriendo a Juan Bautista Alberdi. El artículo 14 es uno de los más hermosos de nuestra constitución:

"Artículo 14.- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender."

En el siguiente párrafo, Ayn Rand explica los errores en los que se podría caer cuando no se entiende lo que es un derecho:

Cita:

"No existe tal cosa tal como "el derecho a un empleo"; solamente existe el derecho al libre comercio, eso es: el derecho de un hombre a tomar un empleo si otro hombre decide contratarlo. No existe un "derecho al hogar," sólo el derecho al libre comercio: el derecho a construir una casa o comprarla. No existen los "derechos a un salario 'justo' o a un precio 'justo'" si nadie elige pagar, para contratar a un hombre o para comprar su producto. No existen los "derechos de los consumidores" a la leche, a los zapatos, a las películas, o al champán si ningún productor decide fabricar esos productos (sólo existe el derecho a que uno mismo los produzca). No existen los "derechos" de grupos especiales, no existen los "derechos de los granjeros, de los trabajadores, de los hombres de negocio, de los empleados, de los empleadores, de los viejos, de los jóvenes, de los aún no nacidos." Existen sólo los Derechos del Hombre; derechos poseídos por cada hombre individual y por todos los hombres en tanto individuos."(3)

(Fin de la cita)

Las reformas a la Constitución Argentina lograron cometer todas las clases de errores sobre los que alertaba Ayn Rand. El artículo "14 bis" reconoce erróneamente derechos de los trabajadores (un grupo de personas). Digo erróneamente porque está reconociendo algo que no existe. Lo que este artículo llama derecho al "descanso y vacaciones pagados" no es más que un deber para un individuo que en este caso es el empleador: la obligación de pagarle al "trabajador" cuando no trabaja. Esto implica que el empleador debe trabajar gratuitamente para el empleado, lo que es una forma de esclavitud.

La reforma de 1994 profundizó los errores. Además de establecer la existencia de derechos de los consumidores (otro grupo de personas), confunde derechos con mecanismos para sancionar leyes y con otras cosas que no logro clasificar. Pero lo más aberrante es el nombre que se le da al Capítulo Segundo incorporado: "Nuevos derechos y garantías". El hecho de calificar a los derechos como "nuevos" expresa implícitamente que es el gobierno quien otorga derechos. Y si los puede dar los puede quitar, quedando una puerta abierta para la tiranía. La expresión "nuevos derechos" es un ataque contra la existencia de derechos inalienables pertenecientes a los individuos.

Muchos de los errores podrían ser solucionados con una vuelta a la Constitución de 1853, aunque esto reavivaría otros, como la obligación de que un Presidente jure ante los Santos Evangelios al asumir. Además persistirían imperfecciones como el racismo de la primera parte del artículo 25, del que Alberdi es responsable, aunque se podría combatir ese error con una sólida expresión de respeto a los derechos individuales, de la que Alberdi también lo es.

Sin embargo hay otro camino. Los errores pueden ser subsanados si la Corte Suprema se decide a sentar precedentes que respeten los derechos individuales expresados en nuestra Constitución y declaren imposible el cumplimiento de artículos que se oponen o contradicen a estos derechos. Simplemente declarar que, así como no se puede comer una torta y también conservarla, no se puede rechazar las prerrogativas de sangre (art. 16) y también fomentar la inmigración europea (art. 25).

Referencias:

(1) “Man’s Rights,” The Virtue of Selfishness, 93. (Ayn Rand)
(2) Galt’s Speech, For the New Intellectual, 182. (Ayn Rand)
(3) “Man’s Rights,” The Virtue of Selfishness, 97. (Ayn Rand)